Asistencia Médica El seguro de asistencia en viajes aplica según estos dos escenarios: 1.- Hospitalización del asegurado: Si el asegurado requiere hospitalización por más de 10 días, como resultado de un accidente o enfermedad, la aseguradora pagará un boleto de avión redondo a un familiar directo del asegurado. Los gastos de la asistencia médica serán hasta la suma asegurada contratada. Por familiar directo se entiende solo a los padres y hermanos del afectado. La aseguradora puede situar el boleto de avión al familiar en donde se encuentre o se podrá hacer por reembolso en el caso de que ellos hayan pagado con anterioridad. 2.- Fallecimiento de familiar directo del asegurado: debido a la muerte de algún familiar directo el asegurado tiene derecho a un boleto de avión redondo de emergencia a su ciudad de origen. Esta cláusula sólo aplica a pólizas mayores de tres meses. La aseguradora podrá situar el boleto en el aeropuerto correspondiente para que el asegurado viaje de regreso lo antes posible. En ambos casos, el seguro tendrá que ser aprobado con anterioridad por la aseguradora. Esto se hace a través de la llamada al centro de atención correspondiente. Si el asegurado o los familiares deciden pagar por sus pasajes ellos mismo, entonces se realizará el reembolso correspondiente*. *Ver detalle de póliza para el reembolso correspondiente.
|